Bases Premios Alfil
PRIMERO.- Los PREMIOS ALFIL de la ASOCIACIÓN DEL TERCIARIO AVANZADO DE LA PROVINCIA DE ALICANTE se instituyen para galardonar a las instituciones, personas físicas y jurídicas de la Provincia de Alicante que, por su trayectoria, apuesta por el sector terciario avanzado, productos, servicios o procesos empresariales innovadores, hayan destacado y merezcan el reconocimiento público del sector.
La convocatoria de estos premios podrá hacerse a través de cualquier medio hábil, especialmente telemático.
SEGUNDO.- Se establecen las siguientes categorías o modalidades de premios:
2.1.- Premios otorgados por la Junta Directiva y /o Comité Ejecutivo de la ASOCIACIÓN DEL TERCIARIO AVANZADO DE LA PROVINCIA DE ALICANTE, a propuesta de sus miembros.
Estas categorías podrán otorgarse a personas físicas o jurídicas, organizaciones e instituciones que se hayan caracterizado por su contribución al desarrollo del sector terciario avanzado:
• Un Premio Alfil “Institución”, a la Institución de la Provincia de Alicante que se haya distinguido por su apoyo al sector terciario avanzado valenciano.
• Un Premio Alfil “Trayectoria Empresarial”, a un empresario de la Provincia de Alicante, como premio a su trayectoria empresarial innovadora.
2.2.- Premios otorgados por un Jurado nombrado por la Junta Directiva de la ASOCIACIÓN DEL TERCIARIO AVANZADO DE LA PROVINCIA DE ALICANTE, entre personas de reconocido prestigio.
Estas categorías podrán concederse indistintamente a empresas del sector industrial, comercial o de servicios, de cualquier lugar de la Provincia de Alicante, que hayan destacado dentro de su actividad por alguno de los siguientes aspectos:
• Un premio Alfil “Nuevas Tecnologías” a la empresa de la Provincia de Alicante que se haya distinguido por su apuesta por las nuevas tecnologías de la información y las comunicaciones.
• Un premio Alfil “Marketing – Comunicación”: A la mejor estrategia de marketing-comunicación de una empresa de la Provincia de Alicante.
• Un premio Alfil “Calidad”: A la empresa de la Provincia de Alicante que se haya distinguido por su apuesta por la calidad de sus productos, servicios o procesos.
• Un premio Alfil “Medio ambiente”: A la empresa de la Provincia de Alicante que se haya distinguido por su apuesta por la protección del medio ambiente o la implantación de políticas respetuosas con el medio ambiente.
• Un premio Alfil “Responsabilidad social corporativa”: A la empresa de la Provincia de Alicante que se haya distinguido por la RSC.
• Un premio Alfil “Patente”: A la empresa de la Provincia de Alicante que se haya distinguido en la protección vía patente de los resultados de su innovación.
• Un premio Alfil “Innovación”: A la empresa que haya lanzado al mercado el producto o servicio más innovador.
TERCERO.- El premio consiste en una mención honorífica y un objeto artístico representando el alfil que da nombre a los premios.
CUARTO.- Sólo podrán participar en el concurso, proponiendo candidatos a las distintas categorías de premios, las empresas miembro de cualquiera de las Asociaciones del Terciario Avanzado integrantes de la ASOCIACIÓN DEL TERCIARIO AVANZADO DE LA PROVINCIA DE ALICANTE (en adelante denominados “los proponentes”).
Los proponentes deberán hacer llegar sus propuestas a alguna o todas las categorías de premios, dentro del plazo fijado en la convocatoria, por cualquier medio hábil, especialmente el correo electrónico, indicando en cada caso:
A.- Todos los datos que permitan la identificación y el rápido contacto con la persona física o jurídica que se propone como candidata.
B.- La indicación expresa del premio al que se propone el candidato.
C.- Una memoria descriptiva de los méritos que a juicio del proponente hacen acreedor al propuesto para la obtención del premio y cualesquiera evidencias que permitan acreditar los referidos méritos.
QUINTO- Podrán optar como candidatos a las diversas categorías de premios las personas u organizaciones públicas o privadas que tengan su sede o un domicilio serio y efectivo en la Provincia de Alicante.
No se otorgará a una misma empresa los premios que se instituyen en estas bases en una misma categoría, hasta transcurridos tres años, como mínimo, desde que se le hubiera concedido por última vez la misma distinción. No obstante, una misma empresa podrá ser distinguida sucesivamente con premios o medallas de distinta categoría.
Mediante la aceptación del premio, los galardonados se comprometen a asistir al acto de entrega de premios.
En caso de renuncia del galardonado, el premio se declarará desierto.
SEXTO.- El Jurado que fallará los premios estará formado por 4 personas de prestigio relacionadas con el mundo empresarial, designadas por la Junta Directiva de la ASOCIACIÓN DEL TERCIARIO AVANZADO DE LA PROVINCIA DE ALICANTE, más el Presidente de la Asociación Terciario Avanzado de Alicante.
El Jurado otorgará un solo premio por cada categoría, siempre que aprecie méritos suficientes en los candidatos propuestos. En caso contrario, podrá declarar el premio desierto.
Las decisiones del jurado serán inapelables y estarán siempre basadas en una amplia libertad de criterio.
SÉPTIMO.- Con carácter excepcional, los premios “Institución” y “Trayectoria Empresarial” serán otorgados a instituciones o personas físicas o jurídicas, a propuesta y por elección de la propia Junta Directiva de la ASOCIACIÓN DEL TERCIARIO AVANZADO DE LA PROVINCIA DE ALICANTE.
OCTAVO.- La entrega de los premios se realizará en el marco de un acto institucional especialmente convocado con este motivo, y en el lugar y fecha que se comunicará oportunamente.
La entrega del premio se realizará por el Presidente de la ASOCIACIÓN DEL TERCIARIO AVANZADO DE LA PROVINCIA DE ALICANTE, quién podrá ceder esta facultad en favor de cualquier autoridad presente en el acto o en la persona que considere.
El resultado de la concesión de los diferentes premios se hará público a través de los medios de comunicación social.
La Secretaría General de la Federación llevará un libro registro de concesión de premios diferenciando sus diferentes categorías.
NOVENO.- La ASOCIACIÓN DEL TERCIARIO AVANZADO DE LA PROVINCIA DE ALICANTE se reserva el derecho de demandar ante los Tribunales de Justicia a quienes usen de forma indebida las mencionadas distinciones
DÉCIMO.- La participación en el concurso, ya sea como proponente o candidato, supone la aceptación, en todos sus términos, de las bases del concurso, así como del fallo del Jurado.